ASOCIACION DE JUBILADOS
BANCO PASTOR
Logotipo
Inicio > Noticias
Preguntamos: Y de la incautación de 2.500 euros/año en las pensiones máximas, ¿qué?. O como una Norma, prevista para casos excepcionales, se convirtió en financiación adicional encubierta para el Gobierno.

Jubiladosbp.com

 Las Cuentas de la Vieja - 7 - La guillotina en las pensiones máximas

      Recordamos hoy un tema que se quiere dejar de lado: el “impuesto especial” de 2.590 euros al año, que sufren cientos de miles de pensionistas afectados por la aplicación del criterio de Pensión Máxima, modificado por el Gobierno a través de la Ley de Presupuestos. Una financiación extra que se embolsa el Estado cada año, a cuenta de un controvertido acuerdo del Gobierno que se remonta a los años 80 (hasta esas fechas encontramos referencias).

      ¿Como funciona esto?. Muy sencillo y “democrático”. Los trabajadores ingresan sus cotizaciones a lo largo de muchos años, acumulando una “fortuna” que el Sistema le devolverá en forma de pensión. Según la Ley General de la Seguridad Social, un jubilado a los 65 años, que con 35 años cotizados lleva ingresados 350.000 euros (en valor actual para Base máxima), tiene derecho al 100% de la Base Reguladora, obtenida mediante un cálculo sobre las Bases de Cotización de los últimos 15 años de vida laboral. Pero de esa cantidad el Gobierno se incauta* de 2.590 euros al año.

      Cuando nos referimos al concepto “pensión” no estamos hablando, por tanto, de un cálculo “a tanto alzado”, de una rifa en una tómbola o de un regalo por caridad del Gobierno. Sino que es la devolución de su esfuerzo económico aportado durante 35 años. El trabajador ingresa cotizaciones en una hucha general mientras trabaja, y el Sistema le devuelve una renta vitalicia en forma de pensión cuando se jubila. Y todo ello con unas reglas que obligan tanto al que aporta como al que administra, conocidas como “principio de contributividad”, aunque resultará más claro si aplicamos el dicho popular deTanto tienes (en la hucha), tanto vales (en pensión)”.

      Visto de esta forma, nos preguntamos ¿Cual es el problema, entonces?. Porque si el ingreso aportado y la pensión recibida están relacionados matemáticamente, ¿porqué se considera agraviada tanta gente?. Intentaremos explicarlo mediante cifras, para que resulte más gráfico.

      El enfado de tanta gente está provocado porque ingresan cotizaciones por Base Máxima, que generan derechos de pensión por 2.626 euros, pero el Gobierno les incauta parte de esos derechos rebajando la pensión hasta 2.441 euros (en 2009, supone 185 euros menos al mes, y en las 14 pagas suma 2.590 euros/año).

      ¿Verdad que resulta comprensible el “cabreo” de los trabajadores?. Claro que sí. Más aún si actuamos con algo de malicia y le echamos leña al fuego, añadiendo una visión en conjunto con el IRPF, simulando la declaración anual de la Renta. Suponiendo que esa pensión es el único ingreso, resulta:

  • El contribuyente genera: 2.626 x 14 = 36.764 € de ingresos.

  • Como excede de la pensión máxima, cifrada en 34.174 €, le aplican un “impuesto extraordinario” del 7%, que supone un ahorro para el INSS, por rebaja en la pensión, de 2.590 €.

  • Pero no acaba ahí la cosa, porque al incorporar la pensión “rebajada” de 34.174 € a la Renta, se genera la cuota fiscal “normal”, al igual que al resto de contribuyentes. Suponiendo que la tarifa aplicable es del 20%, la cuota líquida resultante es de 6.800 € adicionales, que debe ingresar en Hacienda.

  • En resumen: el pensionista paga 2 veces. Por cotizar mucho, el INSS obtiene un beneficio de 2.590 €, y por cobrar lo que el Gobierno le deja, Hacienda le cobra otros 6.800 € en impuestos. En total, al paisano le “soplan” 9.390 €. ¡Vaya panorama!. Ingresa cada mes, durante 35 años, la cuota correspondiente a sus ingresos, con derecho a cobrar 36.700 €, pero solo “ve” 27.374 €. Y esto... ¡¡ cada año !!.

      En definitiva, el Gobierno obtiene unos suculentos beneficios gracias a una norma, incluida en la Ley de Presupuestos y aplicada discrecionalmente a su conveniencia (del Gobierno), sin que conste con claridad su motivo para aplicarla al trabajador normal, que ha cotizado por una Base incluida en unas Tablas oficiales publicadas anualmente, de obligado cumplimiento por el trabajador, pero alteradas en su resultado, a posteriori, por la Administración, mediante la Ley de Presupuestos.

      ¿A cuanto asciende este “maná” gratuito que obtiene el Gobierno?. Como no tenemos acceso a ningún dato estadístico de relevancia, porque la Administración solo publica lo que le conviene (“paja”, para entendernos), tenemos que hacer un ejercicio de cálculo. Pero como de eso también sabemos, suponiendo que afecta a 1.000.000 de pensionistas, estaremos en 2.500 millones de euros cada año.

      Seguramente es más, pero preferimos pecar de prudentes. Y si fuera menos, que salte al ruedo el que tiene que saberlo y que lo aclare. Que se enteren de una vez que los pensionistas no cejaremos en nuestro empeño, hasta saber ¿donde está nuestro dinero?. O conseguir que nos faciliten el acceso a los datos que nos interesan. Por supuesto que pueden seguir publicando “aire”, pero eso solo satisface a los “mantenidos”. Y nosotros... somos otra cosa.

      ¿Le afecta a Vd. este saqueo legal sobre su pensión?. No lo sabemos, pero si su pensión ronda los 2.400 euros, por las que ha ingresado las cotizaciones correspondientes, tiene muchas papeletas para ser uno de los perjudicados.

      Esto que está expuesto, no admite discusión: es un razonamiento “aritmético” de cantidades reales. Otra cosa es la valoración “política” sobre la conveniencia, o no, de “castigar” a los opulentos trabajadores (según el Gobierno) que cotizan por la Base Máxima, en tanto que los que no viven de un sueldo y están, por tanto, al margen del control fiscal y social de una nómina, pagan el 1% de sus rentas anuales a través de un Fondo SICAV, o declaran incluso unos ingresos menores que los de sus empleados.

      Más abajo incluimos el detalle de los cálculos, realizados a través del programa Autocalc.exe que está disponible en WWW.Seg-social.es.


¡Ah!. Se me olvidaba. El resto de pensionistas también sufren “saqueo” sobre sus derechos de pensión. Pero eso queda para otro día.


*incautación: Tomar posesión una autoridad competente de dinero o bienes.

Ver Colaboración de Didafer, de Abril 2009

Ver más informes

.elbotones Octubre / 2009

 

Cálculo de Pensión máxima

 Calculo de Pensión

Bases de cotización vigentes en 2009

Bases de Cotización

 Ley de Presupuestos 2009

Ley de Presupuestos